N/R:DGEIQEFP/AFP/SFP/AR
Exp.
794A/09
013 Técnico Superior en EDUCACIÓN INFANTIL
CURRICULO Comunitat Valenciana
CONSELLERIA DE EDUCACIÓN
PROPUESTA de ORDEN de de de 2009, de la Conselleria de Educación por la que se
establece para la Comunitat Valenciana el currículo del ciclo formativo de Grado Superior
correspondiente al título de Técnico Superior en Educación Infantil
La Ley Orgánica 1/2006, de 10 de abril, de Reforma de la Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, de
Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana, en su artículo 53, establece que es de la
competencia plena de la Generalitat la regulación y administración de la enseñanza en toda su
extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, en el ámbito de sus competencias, sin
perjuicio de lo dispuesto en el artículo veintisiete de la Constitución y en las Leyes Orgánicas que,
conforme al apartado uno de su artículo ochenta y uno, la desarrollen.
Una vez aprobado y publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 1394/2007, de 29 de
octubre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Educación Infantil y se fijan sus
enseñanzas mínimas, cuyos contenidos básicos representan el 55 por ciento de la duración total del
currículo de este ciclo formativo establecida, en 2000 horas, en virtud de lo dispuesto en el artículo
10.
1 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación
Profesional, en los artículos 6.
2 y 39.
6 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y
en el capitulo II del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la
ordenación de la formación profesional del sistema educativo.
Y según lo fijado en el artículo 10.
2 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las
Cualificaciones y de la Formación Profesional, en los artículos 6.
3 y 39.
4 de la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y en los artículos 17.
2, 17.
3 y 17.
4 del Real Decreto
1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación de la formación profesional
del sistema educativo, procede, teniendo en cuenta los aspectos definidos en la normativa
anteriormente citada, establecer el currículo completo de estas nuevas enseñanzas de Formación
Profesional Inicial vinculadas al Titulo mencionado en el ámbito de esta Comunidad Autónoma,
ampliando y contextualizando los contenidos de los módulos profesionales y respetando el perfil
profesional del mismo.
En la definición de este currículo se han tenido en cuenta las características educativas así como las
socio-productivas y laborales de la Comunitat Valenciana con el fin de dar respuesta a las
necesidades generales de cualificación de los recursos humanos para su incorporación a la
estructura productiva de la Comunitat Valenciana, sin perjuicio alguno a la movilidad del
alumnado.
Se ha prestado especial atención a las áreas prioritarias definidas por la Disposición Adicional
Tercera de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación
Profesional mediante la definición de contenidos de prevención de riesgos laborales, que permitan
que todo el alumnado pueda obtener el certificado de Técnico en Prevención de Riesgos Laborales,
Nivel Básico, expedido de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por
el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, e incorporando en el currículo
formación en la lengua inglesa para facilitar su movilidad profesional a cualquier país europeo.
Este currículo requiere una posterior concreción en las programaciones que el equipo docente ha de
elaborar, las cuales han de incorporar el diseño de actividades de aprendizaje y el desarrollo de
actuaciones flexibles que, en el marco de la normativa que regula la organización de los centros,
posibiliten adecuaciones particulares del currículo en cada centro docente de acuerdo con los
[Moins]